La UE ha publicado modificaciones relativas al Reglamento (UE) 2023/411 de la Comisión el 23 de febrero de 2023 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1871 en lo que respecta a los puntos de referencia para la actuación en el caso de los nitrofuranos y los metabolitos.
El presente Reglamento aplica un punto de referencia de acción (RPA) de 0,5 μg/kg a los nitrofuranos y sus metabolitos. También establece una exención del RPA para la semicarbazida (SEM) en el caso de la gelatina, el hidrolizado de colágeno, los productos de cartílago hidrolizado, los productos sanguíneos secados por pulverización, los concentrados de proteínas de suero y leche, los caseinatos y la leche en polvo, a menos que se encuentren otros nitrofuranos o sus metabolitos junto con SEM en esos productos procesados.
Esta exención no se aplica a los preparados para lactantes ni a los preparados de continuación. El Reglamento exige a los operadores de empresas alimentarias y a otras partes interesadas que faciliten a la Comisión Europea datos e información sobre las investigaciones realizadas sobre los parámetros y factores de las fases de procesamiento que dan lugar a la formación de SEM durante el procesamiento en dichos productos procesados antes del 1 de marzo de 2024 y que adopten medidas para reducir la presencia de SEM en estos productos a niveles tan bajos como sea razonablemente posible.