El nuevo reglamento destaca la siguiente información:
– la palabra “naturaleza” sólo puede utilizarse cuando el producto alimenticio no esté mezclado y el proceso no altere sus características;
– las palabras “puro” o “100%” sólo se pueden utilizar para alimentos no mezclados;
– la palabra “”elaborado con…”” seguida del nombre de la sustancia solo se puede utilizar cuando la sustancia sea más del 50% del producto y la sustancia sea una de las materias primas.
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