El EFSA El 30 de junio de 2021 se lanzó una convocatoria de datos sobre la genotoxicidad de determinados edulcorantes. De conformidad con el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1333/2008, los aditivos alimentarios cuyo uso estaba permitido en la Unión Europea antes del 20 de enero de 2009 deben ser reevaluados por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA). El programa para esta reevaluación está establecido por el Reglamento (UE) n.º 257/2010 de la Comisión. Por tanto, la AESA debe reevaluar sistemáticamente los aditivos alimentarios autorizados y emitir dictámenes científicos sobre ellos, de acuerdo con las prioridades indicadas en el Reglamento (UE) n.º 257/2010.
El objetivo de esta convocatoria de la EFSA es ofrecer a las partes interesadas la oportunidad de presentar información documentada relevante para la reevaluación del acesulfamo K (E 950), la sal de aspartamo-acesulfamo (E962), el isomalt (E 953), la sucralosa (E 955), la neohesperidina DC (E 959), el neotamo (E 961), el lactitol (E 966), el xilitol (E967) y los ciclamatos (E 952 i, ii, iii).
La fecha límite en la que se deben enviar los datos a la EFSA es el 30 de diciembre de 2021. Ponte en contacto con los expertos de RegASK.
Contacte con RegASK para más detalles Leer más