MFDS Se publicó una revisión parcial de la Ley Especial de Gestión de la Seguridad de los Alimentos Importados mediante la Ordenanza del Primer Ministro N.° 1879. A continuación se presenta el resumen de la revisión:
- Fecha de entrada en vigor: La presente Ley entrará en vigor un año después de su promulgación. No obstante, las siguientes modificaciones entrarán en vigor en la fecha que se especifica en cada uno de los incisos siguientes.
- Modificaciones al artículo 5, párrafos 5 a 7, y a los artículos 9, 7, 15, 20, 38 y…
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