MERCOSUR actualiza reglamento para prohibir dos sustancias CMR en productos cosméticos y de cuidado personal

El Mercosur actualiza la normativa que prohíbe dos sustancias CMR en cosméticos y productos de cuidado personal.

El 12 de noviembre de 2025, el Grupo Mercado Común del MERCOSUR (GMC) publicado Resolución GMC 27/2025, actualizando Resolución GMC 62/2014 para ampliar la lista de sustancias prohibidas en Productos de higiene personal, cosméticos y perfumes. La actualización afecta a los fabricantes y equipos de cumplimiento de todos los estados miembros del MERCOSUR.

Resumen de la actualización

La nueva resolución incorpora conclusiones de la Comité de Evaluación de Riesgos de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, que clasificó óxido de difenil(2,4,6-trimetilbenzoil)fosfina (CAS 75980-60-8) y N,N-dimetil-p-toluidina (CAS 99-97-8) como sustancia cancerígena, mutagénica o tóxica para la reproducción (CMR) de categoría 1B. Estas sustancias están ahora formalmente prohibidas en el MERCOSUR para su uso en las categorías de productos cubiertas.

A período de transición de sesenta días Se aplicará después de que cada Estado Parte incorpore la resolución a su legislación nacional. Todos los Estados miembros deben completar la incorporación antes de... 3 de mayo de 2026. 

¿Qué ha cambiado?

La enmienda a la Resolución GMC 62/2014 Prohíbe explícitamente el uso de las dos sustancias clasificadas como CMR en cosméticos, perfumes y productos de higiene personal. Los productos ya regulados o registrados deben cumplir el mismo requisito y actualizarse dentro del plazo de adaptación de sesenta días una vez que la resolución se integre en cada marco regulatorio nacional.

La medida se aplica a las empresas responsables de Formulación de productos, documentación de cumplimiento y actividades de registro dentro de las jurisdicciones del MERCOSUR.

Fecha límite para comentarios

No hay ningún período de consulta pública asociado con esta actualización.

Por qué es importante

Esta actualización regulatoria proporciona mayor claridad y alineación con las evaluaciones internacionales de seguridad química, Garantizar la clasificación uniforme de las sustancias CMR de alto riesgo en todo el MERCOSUR. Fortalece protección al consumidor, mejora armonización regulatoria, y apoya transiciones de cumplimiento eficientes mediante plazos de adaptación claramente definidos y manteniendo al mismo tiempo una carga manejable para la industria.

¿Quién debería revisar esta actualización?

Esta resolución es relevante para equipos de asuntos regulatorios, unidades de calidad y cumplimiento, especialistas en seguridad de productos, equipos de formulación de I+D, y funciones de acceso al mercado regional que operan dentro de los estados miembros del MERCOSUR.

Próximos pasos para las partes interesadas

Las partes interesadas deben revisar todas las formulaciones actuales para identificar la presencia de sustancias prohibidas y preparar planes de reformulación o sustitución cuando sea necesario. Es fundamental realizar un seguimiento del cronograma de incorporación de cada país para garantizar el cumplimiento dentro del período de adaptación de sesenta días tras la adopción nacional. Las organizaciones también deben actualizar los documentos reglamentarios y la documentación técnica según corresponda.

A medida que las empresas evalúan el impacto de sus productos en múltiples jurisdicciones, la capacidad de monitorear los cambios regulatorios y anticipar los plazos de implementación se vuelve crucial. Es aquí donde un sistema automatizado de inteligencia regulatoria puede respaldar el cumplimiento continuo.

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Preguntas frecuentes

¿Qué sustancias están prohibidas por la Resolución GMC 27/2025 del MERCOSUR?

La resolución prohíbe óxido de difenil(2,4,6-trimetilbenzoil)fosfina y N,N-dimetil-p-toluidina, ambos clasificados como sustancias CMR de categoría 1B, en productos de higiene personal, cosméticos y perfumes.

¿Cuál es el periodo de adaptación para el cumplimiento?

Los fabricantes tienen una período de adaptación de sesenta días después de que cada Estado Parte del MERCOSUR incorpore la resolución a su legislación nacional.

¿Cuál es el plazo para que los Estados miembros del MERCOSUR incorporen esta resolución?

Todos los Estados Partes deben incorporar Resolución GMC 27/2025 en sus marcos jurídicos nacionales mediante 3 de mayo de 2026.

¿Cómo pueden las empresas utilizar el RegASK para monitorear los cambios regulatorios del MERCOSUR?

RegASK proporciona oportuna inteligencia regulatoria, realizar un seguimiento de actualizaciones como la Resolución GMC 27/2025 en todas las jurisdicciones del MERCOSUR y ayudar a los equipos a identificar brechas de cumplimiento, gestionar plazos de transición y agilizar los flujos de trabajo de documentación a través de información automatizada y validación de expertos.

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